¿Conoces las medidas de ahorro de consumo de agua y sus posibles deducciones fiscales en la Comunidad autónoma de Murcia?
Hola vecinos. Con el calor de estas fechas hace muy poquito tuve una conversación con un vecino sobre las posibles medidas de ahorro de agua en su comunidad. El edificio cuenta con piscina y zona ajardinada, de ahí la pregunta de este vecino sobre si el tema podría ser interesante para poder ahorrar un poquito a la comunidad y también al medio ambiente.
No conocía mucho el tema por lo que me puse a investigar sobre el ahorro en el consumo de agua y me encontré con la Ley 6/2006, de 21 de julio, sobre incremento de las medidas de ahorro y conservación en el consumo de agua en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
El agua es en la Región de Murcia un recurso natural escaso y valioso, indispensable para la vida y para el desarrollo sostenible, así como para la mayoría de las actividades económicas y sociales. Por ello la importancia de ver las distintas medidas de ahorro y conservación que establece esta ley en las viviendas de nueva construcción y existentes, piscinas públicas y privadas o parques y jardines.
Aquí os dejo un resumen gráfico de los más importantes para las comunidades de propietarios en Murcia como son las piscinas, los jardines, las viviendas y los locales.
Jardines y piscinas Viviendas Locales
Por último os quiero comentar que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene establecida desde el año 2008 una deducción fiscal por la instalación de sistemas de ahorro de agua en las viviendas existentes, que resulta muy atractiva cuando en estas viviendas se realizan reformas que incluyen trabajos de fontanería o cuando en los bloques de viviendas se realizan labores de mantenimiento del edificio que puedan incluir la instalación de estos sistemas de ahorro de agua. Esta subvención (deducción fiscal) puede alcanzar una cuantía máxima de 60 euros que los propietarios de las viviendas cobran en el ejercicio fiscal en que se realizó la instalación. Además, con la instalación de estos sistemas se reduce el consumo de agua en la vivienda entre un 10 y un 20%, lo que para una familia de 4 personas puede suponer un ahorro de 30 euros anuales, sin olvidarnos que con estas medidas contribuimos a la sostenibilidad de nuestra Región.
Espero que esta información haya sido de vuestro interés.
Read More¿CUAL ES EL CODIGO DEONTOLOGICO DEL ADMINISTRADOR DE FINCAS EN MURCIA?
La actividad del administrador de fincas en Murcia y en todas las ciudades de España exige cada vez un mayor rigor y profesionalidad y unos amplios conocimientos en áreas tan diversas como el derecho, la fiscalidad, los seguros, la economía, la contabilidad, las técnicas de construcción, la sociología, los mecanismos de financiación, las tecnologías de la información o el urbanismo.
Además, esos conocimientos necesitan de una necesaria puesta al día permanente mediante el seguimiento de programas de formación continuos y específicos que nos permitan conocer a cada momento las novedades en un sector tan amplio como el nuestro.
Por ello hoy quiero poner de manifiesto, como un valor añadido, el ser administradora de fincas colegiada en el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de la Región de Murcia y las ventajas que ello supone para las fincas de las que tengo el placer de administrar.
El COAFMU no solo nos da una formación continua sino un respaldo permanente plasmado entre otras cosas en nuestro Código deontológico que hoy os adjunto en esta entrada del blog. En él podréis saber que por ser colegiados en el Colegio de administradores de Murcia tenemos suscrita una póliza de responsabilidad civil profesional, nuestras obligaciones con los propietarios y las consecuencias de su incumplimiento, entre otras cuestiones.
CÓDIGO DEONTOLÓGICO Administrador de fincas Murcia
Espero que esta información os sirva para conocer un poco más la labor que hacemos los administradores de fincas colegiados en vuestros hogares.
Read More5 Razones por las que cambiar de administrador de fincas en Murcia
¿Estás contento con tu actual administrador?, ¿Sabes cuáles son sus funciones?, ¿Te revisa el contrato de la luz?, ¿El del seguro?, ¿Está al día de las subvenciones que puede pedir para la rehabilitación de la fachada?, ¿Visita tu comunidad para conocer su estado?, ¿Las incidencias se resuelven rápido?, ¿Mantiene el contacto con el presidente y demás propietarios?, ¿Proporciona unas cuentas claras?, ¿Consulta las decisiones?…
Para nosotros un buen administrador de fincas debe tener esos requisitos.
La cercanía, el trato con los propietarios, la rapidez en la solución de los problemas, estar al día de las continuas novedades en el sector, la revisión de los contratos para mejorar las condiciones son características que debe tener un administrador de fincas.
Estos son algunas ideas que nos definen y nos hacen diferentes:
1. Ahorramos en mantenimiento
No pagarás por las pequeñas reparaciones y mantenimiento de tu edificio como cambio de cerraduras, de luces LEDs, interruptores…
2. Negociación continua de los contratos
Revisamos anualmente todos los contratos de tu comunidad, analizando sus necesidades, planteando los posibles ahorros sin afectar a la calidad del servicio.
3. Nos preocupamos por tu comunidad
Visitamos mensualmente el edificio y mantenemos un contacto directo con el presidente y los demás propietarios para cualquier problema o duda que pueda haber en el edificio.
4.Somos transparentes
Desde la zona cliente podrás acceder en todo momento a todos los documentos de tu comunidad: convocarías, actas, estatutos, póliza del seguro, facturas, presupuestos…
5.Controlamos la morosidad de tu comunidad
Nuestro equipo jurídico reclama puntualmente las deudas de los impagados sin coste para la comunidad.
¿Hablamos?
Read More¿Cómo elegí el nombre japonés de Kakebo para una Administración de fincas en Murcia?
Hola vecinos, hoy os traigo al blog la historia del nombre de Kakebo. Es una historia que me encanta contar a mis amigos y ahora me gustaría compartirla con vosotros para que nos conozcáis un poquito mejor.
Hace un par de veranos un amigo hizo un viaje a Japón. Un país espectacular al que me encantaría ir, sólo diré eso porque sino convertiría este post en un blog de viajes.
Allí en una de sus múltiples tiendas encontró un libro que se llamaba Kakebo. Le llamó la atención su portada y vio que decía que era un libro que te enseñaba a ahorrar en tu economía domestica. Mi amigo sabe que siempre me ha gustado mucho el tema de la planificación financiera en el hogar y me lo compré en inglés. Cuando me lo regaló me puse a investigar un poquito más sobre el Kakebo y su historia y el por qué de su utilización y me terminó de encantar para ponerle el nombre a mi recién creada empresa de administración de fincas en Murcia.
Aquí os dejo la historia.
Kakebo es el libro de las cuentas de casa que los japoneses utilizan para administrar el propio presupuesto. En la práctica es una especie de agenda en la que registrar los ingresos y los gastos pero sobre todo reflexionar sobres los hábitos, para así aprender a ahorrar y a mejorar la administración de las finanzas.
El primer Kakebo se puso a la venta en Japón en 1904. Su inventora fue Motoko Hani, fundadora de la revista femenina más antigua de su país llamada La compañera de la mujer, en la que también ayudaba y animaba a las lectoras a llevar el control de la economía doméstica.
Una mujer muy interesante ya que fue pionera en Japón por muchos motivos. Vivió en un contexto social de muchísimo cambio para su país, ya que salía de un régimen y entraba en otro, estaba en plena modernización. Ella fue una de las primeras personas que accedió a la educación superior y está considerada como la primera periodista de Japón. Abogaba por el autoconocimiento y la independencia de la mujer en todos los aspectos de la sociedad: en el familiar, en el trabajo, etcétera. De hecho, también fundó una escuela de libre enseñanza superior.
La idea de Hani no sólo estaba orientada al control de los gastos sino que, de alguna manera, también quiso que fuese un arma de empoderamiento femenino. En su momento fue muy innovador porque las mujeres recibían el dinero que llevaban sus maridos a casa, podían distribuirlo y ahorrar una parte para gastarlo en ellas mismas. Fue una herramienta de emancipación.
Espero que os haya gustado el por qué del nombre de Kakebo. Nos vemos en los próximos post con más temas relacionados con la administración de fincas y la economía domestica en Murcia.
Read More¿Tiene mi comunidad que realizar el Informe de Evaluación de Edificio (IEE)?
El Informe de Evaluación de los Edificios (en adelante IEE) es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios, al menos en relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética.
El IEE consta de tres partes diferenciadas:
- La evaluación del estado de conservación del edificio, para comprobar el cumplimiento de las condiciones básicas legalmente exigibles. Se hará constar la localización y descripción de deficiencias detectadas y se hará una valoración final del estado de conservación del edificio calificándolo como favorable o desfavorable.
- La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad al objeto de comprobar si el edificio satisface o no dichas condiciones. Se indicará si el edificio es susceptible de ajustes razonables para facilitar la accesibilidad.
- El certificado de eficiencia energética del edificio. Se facilitará una etiqueta de eficiencia energética que indicará la calificación energética, el consumo de energía y las emisiones de CO2 del edificio.
¿Quién está obligado?
Según el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, están obligados los propietarios de inmuebles ubicados en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan una antigüedad superior a los 50 años. En principio, y salvo que así lo exija la normativa autonómica o municipal, están excluidas por tanto las viviendas unifamiliares.
También están obligados a realizar el IEE los propietarios de cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, y siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.
La Comunidad Autónoma de Murcia convocó subvenciones para la rehabilitación de edificios en diciembre del año pasado y está previsto que convoque próximamente las de este año.
00 Orden_28 de diciembre 2015 Convocatoria Ayudas
Además la normativa autonómica o municipal puede exigir el IEE para el resto de los edificios, pudiendo establecer especialidades de aplicación del citado informe, en función de su ubicación, antigüedad, tipología o uso predominante.
El incumplimiento del deber de cumplimentar en tiempo y forma el Informe de Evaluación regulado por el Real Decreto 7/2015 tendrá la consideración de infracción urbanística, con el carácter y las consecuencias que atribuya la normativa urbanística aplicable al incumplimiento del deber de dotarse del informe de inspección técnica de edificios o equivalente, en el plazo expresamente establecido.
En cuanto al plazo para su presentación lo vamos a ver con este esquema.
Antigüedad del edificio | Plazo máximo |
1929 y anteriores | 31 de diciembre de 2015 |
Entre 1930 y 1949 | 31 de diciembre de 2016 |
Entre 1950 y 1959 | 31 de diciembre de 2017 |
Entre 1960 y 1963 | 31 de diciembre de 2018 |
A partir de 1964 | 5 años a contar desde el 31 de diciembre del año en que cumplan 50 años de antigüedad |
Una vez realizado el primer Informe de Evaluación, los siguientes se realizarán en un plazo máximo de diez años.
Y por último ¿qué pasa si no tenemos el IEE?
El incumplimiento del deber de cumplimentar en tiempo y forma el Informe de Evaluación tendrá la consideración de infracción urbanística.
La sanción correspondiente a la infracción de no haber obtenido el preceptivo informe de evaluación de edificios será de 100 euros por vivienda y año transcurrido desde la obligatoriedad de este informe.
Sin perjuicio de lo anterior, dicho incumplimiento determinará que el Ayuntamiento respectivo, previo requerimiento al propietario, ordene su realización en sustitución y a costa de los obligados.
Si piensas que tu edificio tiene que hacer el IEE y aún no lo habéis hecho, ponte en contacto con nosotros y realizaremos todos los trámites para ello.
Lola Martínez
Fuente y más información:
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¿Hay subvenciones para los puntos de recarga de coches eléctricos en Murcia?
subvenciones para los coches eléctricos en Murcia
El 1 de junio pasado el ayuntamiento de Murcia anunció una serie de medidas que van a gustar a los propietarios de coches eléctricos de la ciudad.
La primera que me gustaría destacar es que las comunidades de propietarios podrán solicitar subvenciones para implantar cargadores de coches eléctricos en los garajes de los edificios. Según la concejalía el ayuntamiento cuenta con un presupuesto de 20.000 euros para subvencionar a las comunidades de propietarios que quieran instalar un punto de recarga, aunque las bases aún no están aprobadas. Os iremos informando de este tema en cuanto salgan novedades.
Además de esta medida, el ayuntamiento ha seleccionado seis acciones para su «ejecución inmediata», según explicaron el pasado 1 de junio el alcalde, José Ballesta, y el concejal de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta, Antonio Navarro. Por ejemplo, la instalación de puntos de recarga en la vía pública. Ayer entró en funcionamiento el primero, en la avenida Teniente Flomesta, justo delante de la Casa Consistorial, pero el Ayuntamiento ha sacado a licitación un contrato para la instalación de otros cuatro. El de La Glorieta ha sido cedido a la Administración por la Federación Regional de Empresarios del Metal (Fremm), funciona 24 horas y es gratuito; podrán utilizarlo aquellos usuarios que se den de alta en el registro oficial de la Concejalía.
En el municipio hay 22 puntos de recarga de vehículos eléctricos, todos ellos privados -casi todos, en centros comerciales-, excepto la estación de la avenida Alfonso X El Sabio, que es exclusiva para las motos.
Espero que esta información sea de vuestro interés y os seguiremos informando de las novedades en cuanto a las subvenciones que podrán pedir las comunidades de vecinos en Murcia. Y por último os dejó un enlace a una pregunta que nos hizo un vecino hace unos meses sobre si podía poner un punto de recarga en su plaza de garaje.
Read More¿ Cuál es la normativa de piscinas en comunidades de propietarios de Murcia?
Con la entrada del buen tiempo uno de los puntos más importantes en las comunidades de vecinos suelen ser las piscinas.
Si eres uno de los privilegiados que cuentan con piscinas en tu comunidad, no olvides recordar que su mantenimiento es primordial. Si no quieres hacer como la socorrista que consiguió hacerse famosa de forma accidental con su famosa frase de ‘La he liao parda’ dónde casi consigue intoxicar a los vecinos por una mezcla errónea en los productos de cuidado de la piscina aquí te dejamos los criterios técnico sanitarios que las piscinas comunitarias deben seguir.
Este Real decreto 742/2003, de 27 de septiembre, establece los criterios técnico-sanitarios que deben seguir las piscinas comunitarias, describe los criterios básicos sobre la seguridad e higiene de las aguas y sus instalaciones para no producir riesgos para la salud.
El reglamento fija cómo se debe tratar el agua, las sustancias químicas y mezclas utilizadas en el tratamiento, informar de la temporada de apertura, el horario de uso y las normas de conducta (vestir con ropa de baño, ducharse antes del baño, usar gorro o no introducir cremas ni líquidos contaminantes en el agua), así como contar con un socorrista y disponer de un control de acceso al recinto.
Los siguientes puntos son especialmente importantes a tener en cuenta en las piscinas comunitarias:
- Acordar un reglamento de uso interno.
- Previamente a la apertura revisar las instalaciones.
- Concertar un seguro. La LPH no obliga a las comunidades a concertar un seguro de responsabilidad civil para cubrir daños físicos a usuarios de las piscinas, pero es recomendable.
- Extremar la vigilancia de los menores. Es aconsejable que los menores siempre vayan acompañados de un adulto.
- Contratar a un socorrista: en función del número de viviendas y las dimensiones de la piscina, la normativa puede eximir a la comunidad de contar con un socorrista, pero siempre es recomendable.
- Disponer de un servicio de control de acceso
- Apelar a la responsabilidad del usuario
- Recordar la prohibición de fumar en las zonas infantiles
- Suprimir las barreras arquitectónicas
En cuanto a las responsabilidades por el mantenimiento o accidentes en la piscina, es cada vez más habitual, contratar una empresa para que se encargue del control de las piscinas, la responsabilidad será de ésta, tanto la penal, si se diera el caso, como la civil, quedando exonerada la comunidad.
Si es la propia comunidad la encargada, esta deberá velar por el correcto cumplimiento de las normas .
Lola Martínez
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¿Cómo mejorar la eficiencia energética de las comunidades de propietarios?
Normalmente en la Junta anual de propietarios uno de los temas a tratar suele ser el de cómo reducir los gastos comunitarios y siempre se habla de lo que se gasta la comunidad en luz y de cambiar la compañía eléctrica para bajar el gasto en electricidad. Y tienen razón ya que un estudio realizado por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid confirma que la iluminación representa en torno a un 40% de los gastos de una comunidad.
Desde Kakebo Administración de fincas solemos decir que no es solo el cambio a una compañía eléctrica que tenga unas condiciones económicas más ventajosas sino que hay realizar una serie de actuaciones para mejorar la eficiencia energética en los edificios.
Las medidas básicas que recomendamos para ahorrar en energía en los edificios son las siguientes:
En primer lugar habría que encargar una auditoría energética. Analizar la demanda y el gasto energético real de los servicios comunitarios como el ascensor, la calefacción o la iluminación nos proporciona unos datos esenciales para ver donde es necesario actuar para la rehabilitación energética del inmueble. Así no empezaremos “a ciegas” cambiando la caldera o interviniendo sobra la fachada. Conoceremos realmente los puntos a mejorar en el edificio.
A modo de ejemplo entre las actuaciones que más ahorro energético suponen para un edificio se encuentra el aislamiento térmico de la fachada (hasta un 15% de ahorro), el uso de calderas de alto rendimiento (las de biomasa permiten un ahorro de hasta el 50%) y cambios en la iluminación con detectores de presencia y luces LED en garajes y zonas comunes (ahorro de cerca del 50%).
A raíz de estos ejemplos os dejamos la Guía práctica de la energía para la rehabilitación de edificios del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) que nos habla principalmente de la rehabilitación mejorando el aislamiento térmico.
Por lo que una vez realizada la auditoría energética necesitaremos que un gestor energético nos diga qué actuaciones son necesarias en nuestro edificio. Sobre este asunto os recomiendo un artículo de El Mundo que dice que » contar con un gestor energético en una comunidad de vecinos puede suponer un ahorro de hasta 1.500 euros anuales en gastos comunes. Así se desprende del estudio global que sobre el comportamiento energético en comunidades de propietarios ha realizado Euroconsult, un grupo de ingeniería con más de 45 años de experiencia en el campo de la eficiencia energética»
Otra de las actuaciones que solemos recomendar es que si algún vecino quiere realizar el certificado energético de su vivienda con el fin de alquilar o vender , el edificio puede aprovechar este momento para realizar uno para todo el inmueble.
Por último siempre estamos atentos a las ayudas que desde las Administraciones públicas pueda haber en relación con la rehabilitación energética de los edificios como fue en 2016 el Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes (PAREER-CRECE)
Por tanto no es solo la compañía de luz sino toda una serie de actuaciones que harán que nuestro edificio sea más rentable en términos energéticos lo que supondrá un gran ahorro para nuestra comunidad y para el medio ambiente.
Un saludo vecinos
Lola Martínez
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¿Estás contento con tu actual administrador?, ¿Sabes cuáles son sus funciones?, ¿Te revisa el contrato de la luz?, ¿El del seguro?, ¿Está al día de las subvenciones que puede pedir para la rehabilitación de la fachada?, ¿Visita tu comunidad para conocer su estado?, ¿Las incidencias se resuelven rápido?, ¿Proporciona unas cuentas claras?, ¿Consulta las decisiones?…
Si la mayoría de las respuestas a estas preguntas fueron negativas significa que la Comunidad de Propietarios no está satisfecha con la labor realizada por el Administrador de Fincas.
Centrándonos en los pasos para cambiar de Administrador éstos son:
Lo primero de todo que tiene que ver el presidente o propietarios de la Comunidad es si el Administrador tiene un contrato firmado con la Comunidad para mantenerse en su cargo. Si no tiene un contrato entonces puede ser que en las actas se refleje su duración en el cargo. Y seguir el procedimiento y los plazos pertinentes, tal y como establece el artículo 14.a) de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
Si tuviera contrato, lo normal es que figure que su cargo es de renovación anual, por lo tanto si es destituido antes de la renovación de cargos de la Junta General Ordinaria entonces la Comunidad debería indemnizarle, en su caso, con los honorarios pendientes hasta el mes de renovación de cargos.
Salvado el punto del contrato se puede destituir al Administrador de dos formas:
– Junta Extraordinaria fijando como punto en el orden del día cese del actual administrador y nombramiento de uno nuevo si procede.
– Esperar a la Junta General Ordinaria en la que uno de los puntos obligatorios en el orden del día es la renovación de cargos de administrador, presidente, vicepresidente.
Sabemos que al querer realizar el cambio de administrador suelen surgir dudas que, en muchos casos, hace que la Comunidad desista del cambio, aunque estén disconformes con la gestión actual.
Nosotros le ayudamos y asesoramos en todos los pasos a seguir para el cambio de administrador para que todo resulte lo más fácil para su comunidad. Nos ocupamos de todo.
Si está pensando cambiar de administrador de fincas, llámanos.
¿Hablamos?
Lola Martínez
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¿Cómo funciona la zona cliente de nuestra web?
Hola vecinos, hoy os traemos al blog un vídeo explicativo de la zona cliente. En él encontrareis las funcionalidades de la zona cliente tales como la comunicación de las incidencias, consultar documentos o reservar espacios comunes y cómo utilizarlas.
Si después de ver el vídeo queréis saber más, no sabéis exactamente cómo funciona algo o no tenéis las claves para acceder a vuestro perfil, ponte en contacto con nosotros y estaremos encantados de facilitarte la información que necesites.
Un saludo
Lola Martínez
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