¿Terrazas comunitarias o privativas? -Pregunta al administrador de fincas
Miguel. La Alberca, Murcia.
Hola. Soy dueño del ático de mi edificio. Se deben realizar en toda la cubierta del edificio una serie de trabajos de mantenimiento y mis vecinos dicen que soy yo el que, además de contribuir por mi cuota a los gastos comunes, debo pagar por completo la parte de mi terraza. ¿Es así? Gracias y un saludo
Hola de nuevo, una vez recibidos los Estatutos de la comunidad que le pedimos por mail. Éstos dicen claramente que la terraza de su edificio, aún siendo privativa, constituye la cubierta del edificio y por lo tanto se considera elemento común. Por consiguiente su mantenimiento y conservación, con los gastos que ello conlleva, corresponden a la Comunidad. Espero haber resuelto sus dudas. Un saludo.
¿Hablamos?
Lola Martínez. Administración de fincas en Murcia
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