¿Tu edificio es accesible a personas con discapacidad?
«Si tu edificio no es accesible, está incumpliendo la ley»
En 2013 se aprobó la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social . En ella se daba un plazo de cuatro años para que todos los edificios residenciales llevaran a cabo las reformas necesarias para hacerlos accesibles a discapacitados y personas de movilidad reducida.
El 4 de diciembre de 2017 finalizó el plazo fijado por la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social para que los edificios hubieran adaptado sus accesos a los residentes con movilidad reducida.
Según los datos que ha aportado el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE), el 77% de los edificios no han eliminado las barreras arquitectónicas. Y del 23% que ha realizado obras de accesibilidad, solo un 2% cumple con todos los criterios que marca la normativa.
El Colegio de Administradores de Fincas explica que en la mayoría de los casos, el desconocimiento, la ausencia de propietarios con discapacidad o la falta de una solicitud formal de mejora de los accesos por algunos de ellos, ha hecho que las comunidades de vecinos no acometieran unas reformas que pueden provocar importantes derramas.
Hay que recordar que, según el Instituto Nacional de Estadística, más de cuatro millones de españoles (el 8,6% de la población) sufre algún tipo de discapacidad. A ellos habría que sumar los ancianos que padecen dificultades de movilidad.
A pesar de ello y de las multas que prevé la ley por su incumplimiento, la mayoría de las comunidades de propietarios se resisten a realizar los cambios necesarios.
Lola Martínez
Administrador de fincas colegiado