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Hoy os traemos al blog el Especial “Servicios a Comunidades” publicado por La Verdad de Murcia, el domingo 19 de julio de 2020
En el Especial sobre comunidades de propietarios de La Verdad de Murcia se tratan aquellas cuestiones que afectan a las comunidades de vecinos, a través del enfoque de los diferentes profesionales que intervienen en las mismas, en donde el Administrador de Fincas Colegiado, tiene un protagonismo esencial, como eje coordinador de todos los servicios e intervenciones.
Os dejamos el reportaje en el siguiente enlace
Esperamos que os guste nuestra participación en la página 22 del mismo en la que os explicamos nuestros nuevos servicios de inmobiliaria y seguros y os contamos nuestra experiencia como servicio esencial durante el Estado de Alarma provocado por el Covid.19.
Read MoreEntrevista especial comunidades en el periódico La Opinión de Murcia
Hoy os traemos al blog el especial sobre comunidades de propietarios que hizo el periódico La Opinión de Murcia el pasado lunes 18 de febrero.
Espero que os resulte útil y que os sirva para conocernos un poco mejor ya que tuvimos la suerte de poder compartir nuestra experiencia en una entrevista.
Esperamos que os guste
Read More¿Tu edificio es accesible a personas con discapacidad?
«Si tu edificio no es accesible, está incumpliendo la ley»
En 2013 se aprobó la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social . En ella se daba un plazo de cuatro años para que todos los edificios residenciales llevaran a cabo las reformas necesarias para hacerlos accesibles a discapacitados y personas de movilidad reducida.
El 4 de diciembre de 2017 finalizó el plazo fijado por la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social para que los edificios hubieran adaptado sus accesos a los residentes con movilidad reducida.
Según los datos que ha aportado el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE), el 77% de los edificios no han eliminado las barreras arquitectónicas. Y del 23% que ha realizado obras de accesibilidad, solo un 2% cumple con todos los criterios que marca la normativa.
El Colegio de Administradores de Fincas explica que en la mayoría de los casos, el desconocimiento, la ausencia de propietarios con discapacidad o la falta de una solicitud formal de mejora de los accesos por algunos de ellos, ha hecho que las comunidades de vecinos no acometieran unas reformas que pueden provocar importantes derramas.
Hay que recordar que, según el Instituto Nacional de Estadística, más de cuatro millones de españoles (el 8,6% de la población) sufre algún tipo de discapacidad. A ellos habría que sumar los ancianos que padecen dificultades de movilidad.
A pesar de ello y de las multas que prevé la ley por su incumplimiento, la mayoría de las comunidades de propietarios se resisten a realizar los cambios necesarios.
Lola Martínez
Administrador de fincas colegiado
FAQ Representación en Junta de propietarios
¿El representante puede votar personalmente en sentido distinto al representado?
Sí, se trata de votos distintos, es decir, que tiene en ese momento doble personalidad y la ejercita de forma individual.
Esta representación debe entenderse conforme a las reglas del mandado, concretamente arts. 1.709 y siguientes del Código Civil, especialmente el 1.719, por lo que no hay problema alguno en que haya votaciones diferentes.
¿Qué sucede si se otorga escrito de representación y asisten los propietarios representados?
El criterio que seguimos como administradores colegiados en la Región de Murcia, en lo que creemos que es una interpretación correcta del art. 15.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, es que no cabe la asistencia personal del propietario y, a la vez, de un tercero que habla y vota por él. Dicho precepto hace referencia a una de las dos situaciones: asistencia personal o por representación legal. Por tanto, como decimos, no cabe que propietarios en plenitud de facultades sean reemplazados por terceros si ellos están en la Junta de propietarios.
Además, hay que tener en cuenta que la representación es revocable, por lo que si asiste el propietario de la comunidad de vecinos y pretende votar, se deberá entender que se ha procedido a la citada revocación.
¿Cómo se salva el voto en las representaciones?
Del mismo modo que si estuviese presente en la Junta de propietarios, por lo que la recomendación es que el representante vote en contra, si lo que se pretende es impugnar.
si tienes más dudas sobre la representación no dudes en consultarnos.
Fuente: editorial Judicia de Sepin
Read More¿Necesito autorización de la Junta de Propietarios para instalar un aparato de aire acondicionado?
En principio, sí. La fachada es un elemento común y es evidente que instalar un aparato de aire acondicionado en ella altera la estética del edificio y por lo tanto, no podría hacerse sin el acuerdo unánime de la Junta de propietarios.
Ahora bien, es necesario hacer una serie de aclaraciones a esta afirmación:
- Deberás consultar los Estatutos de la Comunidad, ya que a veces establecen normas relativas a la instalación de de aparatos de aire acondicionado, bien prohibiéndolos o indicando el lugar para hacerlo. Si los Estatutos dijeran algo habría que estar a lo que digan y para la modificación de la parte que afectase a este tema en cuestión, sería necesaria la unanimidad.
- Deberás tener en cuenta si ya hay otros aparatos instalados en la fachada, ya que si fuera así, el edificio ya no tendría ninguna estética que guardar y la Jurisprudencia viene interpretando que si ya hay otros aparatos instalados, y el tuyo es de similares características supondría un agravio comparativo para ti que pretendieran impedirle instalar el tuyo sin obligar a retirar los demás y por lo tanto no podrían hacerlo.
- Por otra parte, si hubiera otros aparatos instalados, aunque hubiera sido sin permiso, y ya llevan años, se podría decir que la instalación está consolidada y que la Comunidad ha otorgado su consentimiento tácitamente y ya no podrían obligar a retirarlos.
- Si los Estatutos no prohíben la instalación de aparatos de aire acondicionado en la fachada, y no hay ninguno instalado aún, deberás proponer al Presidente que se trate el tema en la siguiente Junta de Propietarios. Por ultimo,si la instalación requiriera una gran perforación la autorización sería por unanimidad, igual que si los Estatutos lo prohíben, bastando en cambio la autorización de la mayoría los propietarios si apenas hubiera que hacer obra y simplemente se tratara de colgar el aparato.
Si quieres saber más no dudes en consultarnos
Lola Martinez Administrador de fincas Murcia
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