¿Cuáles son los requisitos para impedir un desahucio de un alquiler?
Como todos sabéis, la principal obligación que tiene un arrendatario es pagar la renta y aquellas otras cantidades que se hayan pactado en el contrato. Si no cumple con dicha obligación, el arrendador puede ejercitar puede ejercitar un procedimiento judicial denominado juicio por desahucio para recuperar la vivienda o local arrendado.
Si bien la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite al arrendador recuperar la finca si el inquilino incumple sus obligaciones de pago, también concede al inquilino por una sola vez a lo largo de la vida del contrato evitar el desahucio abonando las cantidades adeudadas. De esta manera el inquilino podrá continuar con el alquiler siempre y cuando dicho pago se efectúe dentro del plazo de 10 días que señala la ley. Esta posibilidad que le da la Ley al inquilino se llama enervación del desahucio.
Esta posibilidad se recoge en el Art. 22.4 Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) . Aunque esta es la regla general existe una excepción en la que no se permite la enervación aunque se trate de la primera vez. Es la siguiente, la enervación del desahucio no será posible cuando el arrendador hubiese requerido el pago al inquilino por cualquier medio fehaciente con, al menos, 30 días de antelación a la presentación de la demanda y el pago no se hubiese efectuado al tiempo de dicha presentación.
Vamos a verlo con un ejemplo. Un inquilino lleva 4 meses sin pagar su mensualidad de 400€, por lo que le debe al arrendador 1.600€. El arrendador decide interponer una acción de desahucio ante el Juzgado. Pues bien, si el inquilino en el plazo de 10 días que le concede el requerimiento del Juzgado paga al arrendador la totalidad de su deuda o bien la consigna y pone a su disposición podrá continuar con el contrato de alquiler. Como se ha dicho al principio del post esta posibilidad la permite la Ley por una sola vez.
En el siguiente post hablaremos de los requisitos para hacer valer la excepción a la enervación del desahucio según una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 2015.