¿DEBEN LAS COMUNIDADES DE VECINOS PRESENTAR EL MODELO 347?
Cada vez son más las obligaciones que las comunidades de vecinos tienen con las administraciones públicas, en este caso con la Agencia Tributaria.
Si bien antes la contabilidad de las comunidades de propietarios se limitaba a computar los gastos por conceptos y los ingresos habidos durante el ejercicio. Ahora tienen nuevas obligaciones tributarias que deben cumplir. En caso de incumplimiento, las sanciones pueden llegar a los 20.000€. De ahí la importancia de contar en la comunidad con un administrador de fincas colegiado que pueda presentar el modelo 347 y así cumplir con las obligaciones de la comunidad.
El Real Decreto 828/2013 incluyó por primera vez la obligación de las comunidades de vecinos de informar de las operaciones que excedan de los 3.005,65 euros al año, pero podrán hacerlo sobre una base de cómputo anual, sin desglosar estas por trimestres.
Ahora bien, ¿deben incluirse todos los clientes y proveedores de las comunidades de propietarios?
La respuesta es que no, no debe declararse:
- Los suministros que se usen para consumo comunitario, como energía eléctrica, agua y combustibles.
- Los seguros que tengan por finalidad el aseguramiento de bienes de zonas y elementos comunes.
- Aquellos pagos por los que deben practicar retención, a trabajadores, a profesionales y a determinados empresarios que tributan por módulos, porque sobre estas operaciones ya se informa a la Hacienda estatal a través del correspondiente Resumen Anual Retenciones Modelo 190.
Además, una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos V2244-15 de 17 de julio de 2015 ya señaló que “los pagos efectuados por los propietarios a las Comunidades de Propietarios, por el simple hecho de ser propietarios” no tienen que declararse en el Modelo 347.
El plazo que tiene el administrador de fincas para presentar el modelo 347 es del 1 de enero al 28 de febrero de 2018.
Si no sabes si tu comunidad debe presentar el modelo 347, contacta con un administrador de fincas colegiado.
Lola Martínez Sánchez
Administradora de fincas colegiada