¿ Cuál es la normativa de piscinas en comunidades de propietarios de Murcia?
Con la entrada del buen tiempo uno de los puntos más importantes en las comunidades de vecinos suelen ser las piscinas.
Si eres uno de los privilegiados que cuentan con piscinas en tu comunidad, no olvides recordar que su mantenimiento es primordial. Si no quieres hacer como la socorrista que consiguió hacerse famosa de forma accidental con su famosa frase de ‘La he liao parda’ dónde casi consigue intoxicar a los vecinos por una mezcla errónea en los productos de cuidado de la piscina aquí te dejamos los criterios técnico sanitarios que las piscinas comunitarias deben seguir.
Este Real decreto 742/2003, de 27 de septiembre, establece los criterios técnico-sanitarios que deben seguir las piscinas comunitarias, describe los criterios básicos sobre la seguridad e higiene de las aguas y sus instalaciones para no producir riesgos para la salud.
El reglamento fija cómo se debe tratar el agua, las sustancias químicas y mezclas utilizadas en el tratamiento, informar de la temporada de apertura, el horario de uso y las normas de conducta (vestir con ropa de baño, ducharse antes del baño, usar gorro o no introducir cremas ni líquidos contaminantes en el agua), así como contar con un socorrista y disponer de un control de acceso al recinto.
Los siguientes puntos son especialmente importantes a tener en cuenta en las piscinas comunitarias:
- Acordar un reglamento de uso interno.
- Previamente a la apertura revisar las instalaciones.
- Concertar un seguro. La LPH no obliga a las comunidades a concertar un seguro de responsabilidad civil para cubrir daños físicos a usuarios de las piscinas, pero es recomendable.
- Extremar la vigilancia de los menores. Es aconsejable que los menores siempre vayan acompañados de un adulto.
- Contratar a un socorrista: en función del número de viviendas y las dimensiones de la piscina, la normativa puede eximir a la comunidad de contar con un socorrista, pero siempre es recomendable.
- Disponer de un servicio de control de acceso
- Apelar a la responsabilidad del usuario
- Recordar la prohibición de fumar en las zonas infantiles
- Suprimir las barreras arquitectónicas
En cuanto a las responsabilidades por el mantenimiento o accidentes en la piscina, es cada vez más habitual, contratar una empresa para que se encargue del control de las piscinas, la responsabilidad será de ésta, tanto la penal, si se diera el caso, como la civil, quedando exonerada la comunidad.
Si es la propia comunidad la encargada, esta deberá velar por el correcto cumplimiento de las normas .
Lola Martínez
Gracias por la información. Gran aporte de esta web. Reciba un cordial saludo!
Buenos días Azahara,
Gracias a ti por leer nuestro blog
un saludo