¿Hay límite de edad para ser presidente de la comunidad de vecinos en Murcia? -Pregunta al administrador de fincas
Rosario. Comunidad en Murcia centro.
Buenos días. Tengo una duda respecto la designación del presidente de la comunidad. La semana pasada resultó elegida por sorteo mi madre presidenta de su comunidad. Tiene más de 80 años y aunque fue a la reunión y dijo que ella no podía hacerse cargo por su avanzada edad le dijeron que tenía que aceptar el cargo. ¿Está obligada a ello? Gracias por su respuesta.
Buenos días Rosario. En principio el cargo de presidente en una comunidad de propietarios es obligatorio pero en el caso de tu madre veo dos posibles actuaciones para que pueda renunciar a ser presidenta. En primer lugar le aconsejaría que convocase una junta de propietarios lo antes posible para exponer los problemas que tiene para asumir las obligaciones de presidente de la comunidad: avanzada edad, falta de movilidad, enfermedad… Si aún así el resto de propietarios decide que siga siendo presidenta pasaremos a la segunda opción. Esta opción nos la da el Ley de Propiedad Horizontal que nos dice que el propietario elegido podrá solicitar su relevo al juez en el plazo de un mes desde su acceso al cargo exponiendo sus razones. Y ya el juez resolverá lo procedente y podrá nombrar en esa misma resolución al nuevo presidente.
Estas dos posibilidades no tienen por qué ir en orden, puedes utilizar la que te parezca más conveniente y siempre teniendo en cuenta que tienes el plazo de un mes desde su acceso al cargo para interponer la reclamación judicial.
Si tiene cualquier otra consulta o quiere que le aclaremos algo más, no dude en contactar con nosotros.
¿Hablamos?
Lola Martínez Administrador de fincas en Murcia